La Nación refinancia la deuda de Tucumán

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El Ministerio de Economía instruyó al Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial (FFDP) a refinanciar la deuda que Tucumán mantiene con el organismo, y que alcanza actualmente la suma de $ 22.432.060.777.

La medida se formalizó a través de la resolución 708/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, y comprende la deuda que la provincia mantiene con el FFDP al 31 de mayo, proveniente de los convenios suscriptos entre el Estado Nacional y la provincia entre noviembre de 2019 y noviembre de 2021.

En ese periodo se firmaron cinco convenios en el marco de los programas de Convergencia Fiscal – Línea Reperfilamiento, de Emergencia Financiera Provincial y el de Asistencia Financiera a las Provincias.

La amortización de la deuda, que asciende a $ 22.432.060.776,93, se efectuará en 12 cuotas a partir del vencimiento del período de gracia, con el primer vencimiento previsto para el último día hábil de enero de 2024.

La gracia para el capital será hasta el 31 de diciembre, y los intereses se devengarán a partir del 31 de mayo sobre el capital actualizado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Esos intereses se capitalizarán hasta el 31 de diciembre y serán pagaderos mensualmente, siendo el primer vencimiento el último día hábil de enero del año próximo.

La tasa de interés aplicable será del 0,10% nominal anual y el capital del préstamo será ajustado desde el 31 de mayo último, conforme al CER correspondiente al período transcurrido entre esa fecha y la fecha de cada vencimiento.

A partir de este nuevo convenio, la provincia suministrará a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía nacional “información fehaciente para el seguimiento de la evolución de sus finanzas públicas durante todo el periodo de vigencia”.

Además, impide a la provincia a emitir títulos públicos de circulación como “cuasi moneda”.

Para asegurar el cumplimiento del acuerdo, se determinó que Tucumán cederá sus derechos sobre las sumas a ser percibidas por el Régimen de Coparticipación hasta la total cancelación del capital e intereses adeudados.

Es decir, en el caso de falta de pago, el Estado Nacional es autorizado para retener automáticamente a los diez días los importes necesarios de los fondos destinados a la coparticipación.

El FFDP fue creado el 27 de febrero de 1995 y tiene por objeto, entre otros, asistir y financiar programas que contemplen el saneamiento de las deudas de los Estados provinciales, su renegociación y/o cancelación; o que promuevan el desarrollo.

En este caso, según indican los considerandos, Tucumán solicitó una “modificación en las condiciones financieras de la deuda contraída con el Fondo” para “atender compromisos de la deuda y obligaciones del tesoro provincial de corto plazo”.

En ese sentido, el Gobierno Nacional evaluó que es necesario “continuar contribuyendo a la sostenibilidad de los esquemas fiscales provinciales. (TELAM)

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