Una multa de 120 mil pesos por demorar en reconocer su paternidad

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Un hombre se negó durante años a reconocer un lazo filiatorio; la madre luego de ganar en primera instancia exigió una indemnización.

 Un hombre que durante 20 años se resistió a reconocer a su hijo, fue condenado a pagar $120.000 de indemnización por la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial agregando que el sancionado progenitor demoró hacerse el hisopado bucal para la prueba genética.

El fallo, dado a conocer hoy lunes por Prensa del Poder Judicial, señala en sus considerando que la actitud evasiva puso de manifiesto «cuanto menos, una conducta culposa».

Luego es texto agrega: «Ante una situación como la planteada, la conducta que es dable exigir de una persona a la que se le imputa la paternidad de un hijo de parte de una mujer con la cual tuvo un vínculo sentimental aun cuando fuere ocasional o efímero, es someterse cuanto antes a la prueba pericial de ADN y disipar de esa manera cualquier duda que tuviere. De no hacerlo, importa una conducta omisiva que encuadra en las prescripciones del artículo 512 del Código Civil».

El hombre la atribuyó a una «imposibilidad física» la demora en el hisopado bucal, pero realizada la pericia no concretó el reconocimiento filiatorio. El estudio genético determinó la existencia de un vínculo de paternidad entre J.M.D.L y F.M.P «con una probabilidad de paternidad superior al 99,99% y un índice de paternidad de 1,3 por 10,8».

La madre luego de obtener en primera instancia el reconocimiento de la paternidad exigió una indemnización lo que fue otorgado por el tribunal.

 

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